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¿En qué momento podrían desaparecer las garantías constitucionales en México?

Publicado

Iris Becerril

En caso de una emergencia sanitaria, como la que se vive por el coronavirus en Puebla y en México, las garantías constitucionales de las y los mexicanos podrían desaparecer, así lo apuntan especialistas en derecho.

Tal es el caso de aquellos derechos como el de asociación, de libre tránsito y de reuniones de forma pública, que son los que de ejecutarse representan un riesgo para la salud de las y los mexicanos.

En este sentido, el artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que “En los casos de invasión, perturbación grabé de la paz pública o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grabé peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con la aprobación del Congreso de la Unión… podrá restringir o suspender en todo el país o en un lugar determinado el ejercicio de los derechos y garantías que fuesen obstáculo para hacerle frente, rápida y fácilmente a la situación…”

Hay que destacar, que en este momento en el país y el Estado el restringir las garantías antes mencionadas se ordencomo una recomendación, y es debido a la aceptación de la ciudadanía que todavía no se llega a la restricción legal de esos derechos o garantías, que de no acatar llegan a multas y sanciones como ya se aplica en otros países.

Finalmente, es importante destacar que hay derechos que no pueden suspenderse de acuerdo al artículo 29, tal es el caso de la no discriminación, el reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, los derechos de la niñez, a la protección de la familia, entre otros.

ARP