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Cofepris debe informar sobre farmacéutica que cerró plantas por contaminación de medicina contra el cáncer: Inai
Publicado
hace 4 añosPor
SICOM NoticiasUn particular solicitó a la Cofepris el nombre de la empresa farmacéutica que cerró siete de sus plantas por presentar contaminación en la fabricación de algunos de sus productos
Redacción
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) entregar las actas de visita de verificación de una empresa farmacéutica que cerró siete de sus plantas por registrar contaminación en la fabricación de algunos de sus productos para la atención del cáncer.
La Comisionada Josefina Román Vergara aseguró que “en la actualidad otorgar el acceso a servicios de salud suficientes, oportunos y de buena calidad es un gran reto para las autoridades en materia de salud, pues ante la pandemia en que vivimos se deben garantizar todos los servicios, tanto los de prevención y tratamiento de las enfermedades no transmisibles como la atención contra el COVID-19”.
Mencionó que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), personas que necesitan tratamiento contra enfermedades como el cáncer, enfermedades cardiovasculares o diabetes, no han recibido los servicios sanitarios y los medicamentos que necesitan desde que comenzó la pandemia, por lo que es fundamental que los países encuentren formas innovadoras para garantizarlos, señaló.
La Comisionada destacó que para el país el abastecimiento de medicamentos se ha convertido en un tema medular y al respecto dijo que el pasado 7 de febrero el Gobierno federal, a través de la Secretaría de Gobernación, acordó con la industria farmacéutica trabajar juntos para garantizar un suministro oportuno de medicamentos y con ello, darle validez a la política nacional de medicamentos.
Román Vergara expuso que “el presente asunto permite hablar de la transparencia en el sector salud, específicamente de la situación en la producción de medicamentos para el tratamiento de uno de los grupos sociales más afectados por tal situación, los niños con cáncer”.
Lo anterior, luego de que un particular solicitó a la Cofepris el nombre de la empresa farmacéutica que cerró siete de sus plantas por presentar contaminación en la fabricación de algunos de sus productos, su ubicación, copia de la investigación, estudio o cualquier documento utilizado para tal determinación, así como la pena o multa impuesta.
En respuesta, la Cofepris reservó la información, razón por la que el solicitante se inconformó y presentó recurso de revisión.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Josefina Román Vergara, se concluyó que la reserva no es procedente, pues no se acreditó la existencia de un procedimiento de verificación de cumplimiento de la Ley, lo que constituye el primer requisito para clasificar la información.
Se advirtió que el procedimiento de verificación sanitaria referido por la Cofepris, a la fecha de la presentación de la solicitud, ya había culminado e incluso ya se había emitido el acta de verificación, en la que se hace constar las circunstancias de la diligencia, las deficiencias o anomalías sanitarias observadas, el número y tipo de muestras tomadas y las medidas de seguridad que en su caso deberán ejecutarse de manera inmediata.
Aunado a ello, se localizó diversa información pública relacionada con la solicitada por el particular, entre ella, la comparecencia ante la Cámara de Diputados del doctor José Alfonso Novelo Baeza, titular de la Cofepris, en la cual dio a conocer a la sociedad el nombre de la empresa vinculada con la producción del metotrexato contaminado, estatus e irregularidades cometidas.
En consecuencia, la ponencia determinó que no resulta procedente la clasificación, pues además de que no hay procedimiento de verificación sanitaria en trámite, el nombre de la empresa, las irregularidades cometidas y la determinación de cerrar siete de sus plantas es información que ha sido difundida de manera oficial.
La Comisionada sentenció que “el cáncer en la infancia y la adolescencia debe ser una prioridad en México, ya que representa la principal causa de muerte por enfermedad entre los menores de cinco y 14 años, cobrando más de 2 mil vidas anuales en niños, niñas y adolescentes mexicanos”, señaló.
“La información es de utilidad social ya que su acceso permitiría que los ciudadanos podamos tomar decisiones informadas y acciones concretas con el fin de vigilar la capacidad de respuesta y efectividad de las autoridades gubernamentales en un tema relevante: el abastecimiento de medicamentos a una de las poblaciones más vulnerables de nuestra sociedad como son los niños con cáncer“, puntualizó.
El Pleno del INAI revocó, por unanimidad, la respuesta de la Cofepris y le instruyó entregar las actas de visita de verificación, toda vez que dichos documentos contienen la información requerida por el particular.
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