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Bitácora | Ciber asedio: más pros que contras

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Sicom Opina Con… Fernando Abraján

¡¡¡Vaya, vaya!!! La Ley contra el Ciber asedio en Puebla ha venido a generar tensión que rebasa los límites digitales, terreno en donde se ha dicho suceden muchos delitos que son necesario contener y sancionar. Sin duda que el intento es bueno y necesario, pero al mismo tiempo refleja que es impreciso e imperfecto y la muestra de ello es que se ha confundido la esencia de la iniciativa al grado de calificarla como una censura a la libertad de expresión y particularmente de periodistas.

Es innegable la creciente ola de los delitos digitales como el ciberacoso, el grooming y los ciber fraudes. La iniciativa de reforma también tipifica delitos como la usurpación de identidad y el espionaje digital. Hasta ahí todo va bien.

Datos de Inegi difundidos en 2024, revelaron que en 2023, 20.9% de la población usuaria de internet vivió alguna situación de acoso cibernético. El porcentaje representa 18.4 millones de personas de 12 años y más. El ciberacoso con alta incidencia se registró en Durango, con 28.8%, seguido de Oaxaca y Puebla, con 25.5 y 25.0 %, respectivamente.

Además 35.9% de la población de 12 años y más que vivió ciberacoso manifestó haber sido contactada mediante identidades falsas. También 33.3% recibió mensajes ofensivos y 26.0% recibió contenido sexual. Ahí la magnitud solo de ese crimen.

La justificación de la iniciativa es apropiada cuando se argumenta la protección de grupos vulnerables, especialmente menores, sobre todo cuando se atenta contra la salud mental y la seguridad de las víctimas. Nadie podría ir en contra sentido para cuidar a los menores de edad, sin embargo, la reforma ha desatado controversia por su potencial uso como herramienta de censura, particularmente contra periodistas y críticos del gobierno.

Las y los legisladores aprobaron la reforma y ahora anuncian foros de consulta para fortalecerla, pero en la lógica del respetable, el procedimiento debió ser al revés.

El debate se ha centrado en la forma de la aprobación y en el concepto ciberasedio que contempla penas de cárcel por el uso reiterado de tecnologías digitales para “insultar, injuriar, ofender o vejar”. Un ingrediente extra es que figuras políticas han declarado ser víctimas de esas prácticas, por lo que se ha interpretado que la reforma sería un “escudo protector” justo para esos personajes que también han mostrado intolerancia a la crítica.

Otros elementos como conceptos, sintaxis y tecnicismos han generado confusión. La ambigüedad en la definición de “ciberasedio” es el centro de la controversia y por ello organizaciones de profesionales, periodistas y asociaciones civiles han pedido conceptos claros que eviten arbitrariedades. Han solicitado eliminar posibilidades de que la ley pueda ser usada para criminalizar críticas serias, legítimas y argumentadas en el ciber espacio.

Sin duda que los foros abiertos a los que han apostado diputadas y diputados es una oportunidad para rectificar, pero también para precisar que la ley va contra estafadores, acosadores o pedófilos. De este modo se legitimará a la ley como herramienta de protección, pero si se usa contra periodistas, activistas o ciudadanos críticos, se confirmarían los temores de censura. Este es el desafío y la oportunidad para demostrar que la protección digital no implica sacrificar derechos de los ciudadanos.

 

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