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Llama Conavim a evitar difusión de contenidos mediáticos que vulneren derechos de mujeres y niñas

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Se exhorta tanto a medios de comunicación como a personas usuarias de redes sociales a respetar la imagen de las mujeres y las niñas como sujetas de derechos, libres de roles y estereotipos de género.

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Recomienda a medios de comunicación y personas usuarias de redes sociales evitar el uso de imágenes estereotipadas y machistas que normalizan la violencia contra las mujeres. Segob cuenta con la atribución legal de vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia.

La Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), con fundamento en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) y en los instrumentos internacionales que protegen los derechos de las mujeres, recomienda a medios de comunicación y personas usuarias de redes sociales no incluir contenidos que promuevan o legitimen las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas.

Lo anterior implica que conduzcan su labor con respeto a lo estipulado en el artículo 1º de la Constitución, el cual señala que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse.

Expresamente, este artículo indica la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

De la misma forma, lo mandatan la LGAMVLV, la Convención para Eliminar todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Corte (IDH).

En ese sentido, la Conavim llama a evitar actos de violencia mediática con contenidos sexistas y machistas al ocupar la imagen de las mujeres para difundir mensajes que atentan contra sus derechos. Hacerlo afecta a la población en general porque se refuerzan conductas que normalizan delitos en razón de género.

Los medios de comunicación tienen un papel fundamental en la construcción de una sociedad de derechos. Por ello, se hace este llamado para evitar las formas de violencia mediática contra las mujeres dentro del contenido que busca difundirse en el ámbito periodístico.

Se exhorta tanto a medios de comunicación como a personas usuarias de redes sociales a respetar la imagen de las mujeres y las niñas como sujetas de derechos, libres de roles y estereotipos de género.

Nuestro objetivo como sociedad debe centrarse en erradicar las causas de la violencia contra mujeres, jóvenes y niñas; una de estas causas es el contexto nacional en donde persisten las conductas machistas y la cultura patriarcal en diversos ámbitos.

Cabe destacar que la LGAMVLV establece que la Secretaría de Gobernación cuenta con la atribución legal de vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia y se fortalezca la dignidad y el respeto hacia las mujeres y las niñas.

Esta norma también establece como facultades y obligaciones de la federación vigilar que los medios de comunicación no promuevan imágenes estereotipadas de mujeres y hombres, y se eliminen patrones de conducta generadores de violencias.

De manera particular, esta ley define en su artículo 20 quinquies, a la violencia mediática como “todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.

“La violencia mediática se ejerce por cualquier persona física o moral que utilice un medio de comunicación para producir y difundir contenidos que atentan contra la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas, que impide su desarrollo y que atenta contra la igualdad.”