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La Cofepris debe entregar el registro sanitario de un medicamento para la insuficiencia cardíaca: INAI

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El asunto “demuestra la importancia de un árbitro independiente, técnico e imparcial que pueda resolver los conflictos que surgen con motivo de las solicitudes de información”, dijo la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena.

Sicom Noticias

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) debe publicar el registro sanitario de un medicamento usado para el tratamiento de la insuficiencia cardíaca y las indicaciones para recetarlo, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Dicho medicamento es genérico, por lo que su fórmula, pruebas y estudios sobre calidad, seguridad y eficacia no constituyen información comercial confidencial, aseguró Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada del INAI ponente del asunto.

Una persona solicitó a la Cofepris copia del registro sanitario y la información para recetar el medicamento sacubitril/valsartán. La Cofepris le respondió que turnó la solicitud a sus unidades administrativas sin contar con la respuesta correspondiente.

La persona presentó un recurso de revisión ante el INAI. Después de comunicarle la queja, la Cofepris ofreció a la persona solicitante una respuesta complementaria en la que señaló que no tenía la copia digital requerida y que sólo contaba con el expediente físico de un registro sanitario de un medicamento genérico para la atención de la insuficiencia cardíaca y la versión pública de la información relativa a las indicaciones para recetarlo.

El INAI constató que, por tratarse de un medicamento genérico, la clasificación de la información es improcedente y señaló que la Cofepris debe entregar lo solicitado.

“Este asunto demuestra la importancia de un árbitro independiente, técnico e imparcial que pueda resolver los conflictos que surgen con motivo de las solicitudes de información”, dijo la Comisionada Ibarra al presentar el caso ante el Pleno. 

El Pleno del INAI revocó por unanimidad la respuesta de la Cofepris y determinó que debe entregar la información solicitada.