Contáctanos

Nacional

La Cancillería debe informar si es posible que un juez de este país solicite a uno de un Estado extranjero que registre un embargo a una persona que adeuda el pago de pensión alimentaria en México: INAI

Publicado

Es vital que se informe a la sociedad sobre los procedimientos para proteger los derechos de la infancia, dijo Adrián Alcalá, Comisionado Presidente del INAI.

Sicom Noticias

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) debe informar si es posible que la Cancillería pida ayuda a un Estado miembro de la Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias para cumplir un embargo dictado por un juez de México a un deudor de pensión alimentaria en el extranjero, ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

La persona que pidió la información se quejó ante el INAI porque la Cancillería sólo le respondió que se debe atender lo que dicen los artículos 11º y 12º de la Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias, que hablan sobre el cumplimiento de sentencias en un Estado diferente al país donde se dictó.

El equipo del Comisionado Presidente del INAI, Adrián Alcalá Méndez, analizó el caso y encontró que la respuesta de la Cancillería sólo dice la manera de transmitir una solicitud de pensión alimentaria y omite informar si es posible que la Secretaría exhorte al Estado extranjero que dicte el embargo.

La Cancillería únicamente informó del procedimiento para iniciar una petición que puede llegar ante algún órgano jurisdiccional competente en el país donde se encuentra el deudor, pero es necesario que proporcione toda la información y documentación que requiere la autoridad del país al que se envíe la solicitud de pensión alimentaria.

“Resulta de vital importancia y utilidad social que los países que son parte de esta Convención mantengan informada a la sociedad sobre los procedimientos para ejercer los derechos de niñas, niños y adolescentes, a los cuales se les pueden lesionar sus derechos por la falta de información”, dijo Alcalá Méndez.

El Pleno del INAI determinó por unanimidad modificar la respuesta de la SRE y le ordenó realizar una nueva búsqueda en todas las unidades administrativas competentes para responder lo que pidió la persona solicitante.