En 2018, entraron al país 39 millones de personas, y en lo que va del año se estiman alrededor de 30 millones de ingresos.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto Nacional de Migración (INM) buscar y dar a conocer el número de personas que entraron al país, entre enero de 2007 y junio de 2019, desglosado por nacionalidad, edad, sexo y calidad migratoria.
Al
presentar el caso ante el Pleno, el Comisionado Presidente del INAI, Francisco
Javier Acuña, aseguró que todas las instituciones públicas están obligadas a
generar estadísticas de manera periódica sobre los servicios que ofrecen.
“¿Cómo
se estima la utilidad de un servicio público? Con datos que lo pueden referir,
exhibir, mesurar y demostrar”, expresó que se trata de información estadística
que las dependencias deberían de tener como resultado del trabajo ordinario
porque es la manera de explicar lo que se hace.
Acuña
Llamas destacó la importancia de contar con cifras sobre la movilidad de
personas en el país, ya que, de acuerdo con datos del INM, en 2018, ingresaron
al país 39 millones de personas, y en lo que va del año se estiman alrededor de
30 millones de ingresos.
En
respuesta al particular interesado en conocer los datos, el INM señaló que la
Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas de la
Secretaría de Gobernación es la encargada de integrar, generar y publicar la
información estadística sobre la movilidad y migración en México, por lo que le
sugirió consultar su portal de internet, asegurando que cuenta con registros de
las entradas al país desde 2002.
Inconforme,
porque la información estadística disponible en el portal del área referida no
contiene todos los datos solicitados, el particular presentó un recurso de
revisión ante el INAI.
En
el análisis del caso, a cargo de la ponencia del Comisionado Presidente, se
advirtió que la información del portal referido por el INM no contiene los
datos requeridos, además de que no hizo una búsqueda exhaustiva de la
información, pues no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas
competentes.
Se
comprobó que la Dirección General de Regulación y Archivo Migratorio, la
Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y las
Oficinas de Representación Federal cuentan con atribuciones para conocer los
datos requeridos, pues entre sus funciones, se encuentra integrar y mantener
actualizado el Registro Nacional de Extranjeros, así como administrar las bases
de información migratoria aportada de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal.
Asimismo,
de la consulta de información oficial, se verificó que en el Quinto Informe de Labores del titular del
Poder Ejecutivo Federal, correspondiente al año 2011, el INM presentó un reporte
de registro y control migratorio de entradas al país, desglosadas por año, de
2007 a 2010.
Por
tanto, se concluyó existen indicios suficientes para constatar, que el sujeto
obligado cuenta, por lo menos, con datos de 2007 a 2010 sobre el flujo de
entradas nacionales y de extranjeros al país.
En
ese sentido, el Pleno del INAI modificó la respuesta del INM y le instruyó
hacer una búsqueda de la información solicitada en todas sus unidades
administrativas competentes, a fin de proporcionar al particular el número de
personas que entraron al país, entre enero de 2007 y junio de 2019, desglosado
por nacionalidad, edad, sexo y condición migratoria otorgada.
ARP