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Inicia periodo para realización de declaraciones anuales ante el SAT

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Este trámite permite comprobar los ingresos y egresos que se generaron durante el año, para así poder contribuir con el pago de impuestos para las personas asalariadas.

Andrea Casco

Del 1 al 30 abril, las personas Físicas deberán presentar su declaración anual 2020 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Este trámite permite comprobar los ingresos y egresos que se generaron durante el año, para así poder contribuir con el pago de impuestos para las personas asalariadas.

¿QUIÉNES DEBEN PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL?

• Personas con ingresos mayores a 400 mil pesos.

• Aquellas personas con más de 2 patrones

• Ejercicios irregulares (como despidos por contigencia sanitaria)

• Ingresos diversos.

• Ingresos desde el extranjero

• Ingresos por agricultura, pescadería, etc.

¿CUÁLES SON LOS GASTOS DEDUCIBLES?

• Colegiaturas
• Cuentas de AFORE
• Planes de retiro
• Servicios Funerarios
• Servicios médicos

Este año los servicios médicos por Covid – 19 también podrán ser declarados y deducibles (saldo a favor), Siempre y cuando se tenga una factura.

Además, se deben declarar herencias adquiridas y venta de inmuebles debido a la contigencia.

Es la Procuraduría de Defensa del Contribuyente la que puede auxiliarte ante este situación, y acompañarte paso a paso para realizar dicho trámite, en el portal: https://www.prodecon.gob.mx/

La multa por no presentar la declaración puede ir desde los 14 mil 850 a los 29 mil 680 pesos.