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Fórmula que utilizó el Congreso del Estado para cobro del DAP es constitucional, así lo validó la SCJN: Miguel Barbosa

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Explicó que el ayuntamiento de Puebla propuso una fórmula distinta, por lo tanto, no se incluyó el derecho para el municipio.

Adan Morales

El Gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta, aclaró que la fórmula que utilizó el Congreso del Estado para el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP), incluido en 144 leyes de Ingresos de 2022, es constitucional y así lo validó la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Lo que ayer se resolvió en una sentencia cinco acciones de inconstitucionalidad, dos de las cuales promovidas por la Comisión Nacional y Estatal de Derechos Humanos… La fórmula que aplicó el Congreso fue declarada por la Corte Constitucional por ocho votos contra tres votos en contra”, expuso.

Explicó que el ayuntamiento de Puebla propuso una fórmula distinta a la del Congreso Local, por lo tanto, no se incluyó el derecho del DAP para el municipio.

“El Ayuntamiento de Puebla promovió una controversia constitucional para que el Congreso aceptará la fórmula que proponía el ayuntamiento, controversia que a la fecha no se ha resuelto”, sostuvo.

Detalló qué fórmula brinda elementos necesarios para considerarlo un derecho, entre ellos, la prestación de servicio y se apega a los principios constitucionales.

“Se cuidó mucho esa fórmula y el Congreso fue muy cuidadoso, tuvo asesores muy importantes a nivel nacional para no cometer equivocaciones, porque la fórmula es esa, las otras son violatorias de derechos humanos y a los principios que se tienen que observar para el cobro de derechos y de impuestos que en este caso no es un impuesto es un derecho”, agregó.

De esta forma, la fórmula aplicada es correcta para el cobro al Alumbrado Público en los municipios de Puebla, y no puede declararse como inconstitucional.