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Debe SHCP informar sobre empresas que se encargarán de administración del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles: INAI
Publicado
hace 4 añosPor
SICOM NoticiasInconforme con la respuesta, el particular presentó ante el Instituto Nacional de Acceso a la Información un recurso de revisión al considerar que la información otorgada no corresponde a lo que solicitó.
Redacción
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) buscar y, en su caso, entregar la nota referente a la creación de la Sociedad Anónima de Capital Variable (S. A. de C. V.) Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, que será la encargada de la administración, operación y explotación del aeropuerto, así como la documentación generada al respecto.
“Transparentar los documentos relacionados con la nota de creación de la Sociedad Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, permitirá que las y los mexicanos conozcamos y, en consecuencia, hagamos seguimiento de las decisiones tomadas por las instituciones públicas para verificar que sean acordes con las necesidades del país, y contribuyan al crecimiento económico nacional”, destacó la Comisionada Josefina Román Vergara, al presentar el asunto en la sesión del Pleno.
La Comisionada Román Vergara detalló que el pasado 19 de marzo, en la conferencia de prensa matutina del Presidente de la República se retomó en la agenda pública la construcción del aeropuerto en Santa Lucía. En ese acto, el Jefe del Comité de Administración del Aeropuerto Internacional General Felipe Ángeles, de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), informó que en el programa sectorial 2020-2024 se previó la creación de una empresa de participación estatal mayoritaria, que será la encargada de la administración, operación y explotación del citado aeropuerto.
Señaló que la Sedena sostuvo que, en relación con la creación de esa persona moral, el 17 de marzo pasado, le entregaron a la SHCP tanto la nota de creación como los estatutos sociales correspondientes.
En este contexto, una persona solicitó a la SHCP los documentos que recibió de la Sedena, y los documentos que emitió respecto de la creación de la empresa que administraría el aeropuerto de Santa Lucía, agregando una nota periodística que hace alusión a lo sostenido en la conferencia matutina a la que se hizo referencia.
En respuesta, el sujeto obligado señaló que a su consideración la solicitud de acceso no resultaba clara; sin embargo, en aras de privilegiar la máxima publicidad, orientó a la persona para que consultara diversos vínculos electrónicos en los que podría localizar información presupuestal y programática, así como la ejecución de la obra Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles.
Inconforme con la respuesta, el particular presentó ante el INAI recurso de revisión al considerar que la información otorgada no corresponde a lo que solicitó.
Del análisis realizado por la ponencia de la Comisionada Román Vergara, se concluyó que el agravio del particular era fundado al señalar que, contrario a lo señalado por el sujeto obligado, la solicitud de acceso era clara pues de elementos aportados, se desprende que el solicitante pretende acceder a la nota que fue entregada a la Secretaría de Hacienda el pasado 7 de marzo, referente a la creación de la sociedad Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles y la documentación generada al respecto.
De igual forma, la ponencia advirtió que las ligas electrónicas otorgadas en la respuesta inicial no corresponden con lo solicitado, ya que solo contienen datos presupuestarios y de ejecución del proyecto, por lo que se consideró que la dependencia fue omisa en garantizar el derecho de acceso de información del particular, sostuvo la Comisionada.
Incluso, se destacó que, a través de alegatos, el sujeto obligado reconoció haber recibido la nota de creación de la empresa administrativa del aeropuerto y que es materia de la solicitud, dijo.
Al respecto, la Comisionada mencionó que con la creación de la citada empresa se buscará alcanzar los siguientes objetivos: dar seguimiento al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024; cumplir con el artículo 10 de la Ley de Aeropuertos; y desarrollar y aplicar el Plan de Negocios del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles en condiciones competitivas, ejemplares y de excelencia.
La Comisionada Román Vergara indicó que recursos de revisión como el que se presenta, son fundamentales para fortalecer los objetivos de la Ley General de Transparencia pues hacen notar la relevancia de la publicidad de información oportuna, verificable, comprensible, actualizada y completa para todas y todos los mexicanos.
Destacó que es de suma importancia que se den a conocer el origen, el destino y métodos para la administración de los recursos financieros que se han ejercido en esta obra, así como la toma de decisiones.
Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y le instruyó realizar una nueva búsqueda en la Unidad de Inversiones con criterio amplio a fin de localizar y, en su caso, entregar la nota que fue proporcionada a la citada Secretaría referente a la creación de la Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.) Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles y la documentación generada al respecto.
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