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Debe Colegio de Postgraduados debe entregar información sobre historia de la institución en lengua maya: INAI

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El sujeto obligado requirió al particular la corrección o traducción de su solicitud al español, a lo que el solicitante respondió, en prevención, que la lengua que habla y escribe es la maya.

Redacción

El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Colegio de Postgraduados (COLPOS) entregar información sobre la historia de la institución en lengua maya.

Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Oscar Guerra Ford destacó que “en la Ley General y en la Federal de Transparencia y Acceso a la Información se implementó, entre otras acciones en pro de los pueblos indígenas, la necesidad de realizar ajustes razonables, es decir, modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas para garantizar el goce y ejercicio, en igualdad de condiciones, de derechos humanos como el de acceso a la información”. 

En este caso, un particular solicitó al Colegio de Posgraduados que le brindara acceso a la historia de la citada Institución en lengua maya.

El sujeto obligado requirió al particular la corrección o traducción de su solicitud al español, a lo que el solicitante respondió, en prevención, que la lengua que habla y escribe es la maya.

En respuesta, el Colegio de Postgraduados señaló que no contaba con personal que hablará lenguas indígenas y le indicó al particular que pidió apoyo de traducción al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), acción que destacó que implicaría un gasto a cubrir; en suma, indicó que no se encontraba en condiciones de atender el requerimiento, por lo que le sugirió al solicitante ingresar una nueva solicitud en idioma español.

Inconforme con la respuesta, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI en el que manifestó que no entendió la respuesta que le dio el Colegio, ya que fue escrita en español y no en maya como fue solicitado.

El Comisionado Guerra Ford compartió que, en el momento en que fue turnado el proyecto a su ponencia, se recurrió a la traducción de la pregunta, la contestación de la prevención, así como del texto del recurso de revisión.

En el proyecto presentado ante el Pleno, se concluyó que “el sujeto obligado dejó de garantizar el derecho de acceso a la información que asiste al recurrente, pues de las constancias que obran en el expediente, se desprende que, si bien realizó gestiones para allegarse la traducción de la solicitud, lo cierto es que fueron insuficientes o inoportunas”.

El Comisionado explicó que el sujeto obligado no gestionó de manera adecuada, solo buscó una alternativa de traducción ante el INAI casi el último día que tenía para dar respuesta y, dado que no pudo hacer la gestión, simplemente le respondió al solicitante que hiciera una nueva solicitud en idioma español.

“Con el objetivo de garantizar el derecho de acceso a la información, el sujeto obligado debió aplicar las medidas necesarias y ajustes razonables que marca la ley, efectuando modificaciones y adaptaciones para dar respuesta al requerimiento del particular, proporcionándole en todo momento, en su lengua de origen, lo solicitado”, abundó.

Guerra Ford, puntualizó que, de acuerdo con el INALI, México cuenta con 68 lenguas nacionales, además del español, de las que se desprenden 364 variantes lingüísticas, lo que lo lleva a ocupar el segundo lugar dentro de las diez naciones con más lenguas originarias, después de Brasil. En tanto que, de acuerdo con las cifras del INEGI, en 2015, más de 25 millones de mexicanos se reconocieron como indígenas y hay casi 7 millones de hablantes de alguna lengua indígena. 

La Ley en la materia establece que los sujetos obligados tienen el deber de hacer entrega de la información que figure en sus archivos siempre bajo la óptica de un lenguaje sencillo, buscando su accesibilidad y traducción a lenguas indígenas o cualquier otro ajuste razonable en el formato accesible correspondiente, de una forma más eficiente, dijo.

“Así, la propuesta de alcanzar la igualdad en el ejercicio del derecho a saber entre nuestras comunidades y hablantes indígenas, llevó al Legislador a recoger las condiciones normativas para tal propósito, lo que implica su estricta observancia por parte de los sujetos obligados, pues el aspecto lingüístico es, sin duda, un factor que podría favorecer determinantemente no solo el ejercicio de la referida prerrogativa, sino el ejercicio de derechos como la salud, el trabajo o la educación”, entre otros. 

Al referirse al comentario del particular respecto a que la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) no le permitió escribir correctamente el maya “con acentos y glotales”, el Comisionado precisó que fueron asesorados por el Comisionado Aldrin Briceño, del órgano garante de Yucatán, y por personas que hablan maya, y pudieron concluir que la Plataforma sí permite la utilización de acentos.        

El Comisionado Guerra Ford aprovechó para informar que se continúa trabajando en la usabilidad de la PNT y se tiene prevista la incorporación de un menú de ayuda que oriente sobre cómo ingresar los signos o caracteres especiales que puedan ser utilizados en cualquiera de las 364 variables lingüísticas nacionales, con el apoyo del INALI.

Derivado de lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta del Colegio de Postgraduados y le ordenó dar trámite a la solicitud en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, activando el procedimiento de búsqueda en todas las unidades competentes, sin omitir la Dirección General del Consejo General Académico y Secretaría Académica, debiendo otorgar al particular la información de su interés en lengua maya.