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Aprueban en Comisión del Congreso reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

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Se propone también armonizar la legislación local con la federal, adicionando el artículo 23 Ter, a fin de establecer acciones por parte del Estado ante feminicidios, como el derecho a la justicia pronta, expedita e imparcial

Redacción

En sesión pública virtual, la Comisión de Igualdad de Género de la LX Legislatura del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el Dictamen con Minuta de Decreto para reformar la Denominación de la Sección Quinta del Capítulo II del Título Segundo y adicionar diversas disposiciones de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla.

La Iniciativa, presentada por el diputado Miguel Trujillo de Ita, tiene como objetivo reformar la denominación de la Sección Quinta del Capítulo II del Título Segundo para armonizarla con la Ley General y denominarla “De la violencia feminicida y de la alerta de violencia de género contra las mujeres”. De la misma manera, se propone establecer la definición de alerta de violencia de género, adicionando el artículo 22 Bis para brindar mayor certeza jurídica y claridad en su interpretación.

Adicionalmente, se propone adicionar en la legislación local  un segundo párrafo al artículo 23, para que los municipios puedan solicitar la declaratoria de alerta de violencia de género a la Secretaría de Gobernación, a fin de que se adopten las medidas y acciones preventivas de seguridad y justicia que procedan.

También se adiciona el artículo 23 Bis para que los municipios declarados en alerta de violencia de género contra las mujeres, instalen comisiones transitorias para combatir y erradicar la violencia vinculada a los feminicidios y la desaparición, a fin de contribuir en la prevención y erradicación de los feminicidios y la desaparición de mujeres en la entidad.

Finalmente, se propone también armonizar la legislación local con la federal, adicionando el artículo 23 Ter, a fin de establecer acciones por parte del Estado ante la violencia feminicida, tales como el derecho a la justicia pronta, expedita e imparcial, la rehabilitación y la satisfacción, estableciendo medidas orientadas a resarcir los daños físicos y psicológicos de las víctimas de violencia.

El Dictamen fue apoyado en su intervención, por las diputadas Rocío García Olmedo y María del Carmen Saavedra Fernández quienes coincidieron en  trabajar a favor de las mujeres víctimas de violencia y poner un alto a todo tipo de agresión en contra de las mujeres en la entidad.

APRUEBAN DICTAMEN PARA PROHIBIR QUE SE SOLICITE A LAS MUJERES TRABAJADORAS LA PRESENTACIÓN DE CERTIFICADOS MÉDICOS DE NO EMBARAZO

En otro punto del orden del día, las y los integrantes de la Comisión de Igualdad de Género aprobaron el Dictamen con Minuta de Decreto para reforma el artículo 34 de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla.

El objetivo de la iniciativa presentada originalmente por la diputada Nancy Jiménez Morales, es establecer en la Ley la prohibición para solicitar a las mujeres trabajadoras la presentación de certificados médicos de no embarazo para su ingreso, permanencia o ascenso en el empleo, así como despedirlas, presionarlas a renunciar, discriminarlas o menoscabar sus derechos con motivo de su estado de embarazo.

El Dictamen fue apoyado en sus intervenciones por las diputadas Rocío García Olmedo y María del Carmen Saavedra Fernández; asimismo, las diputadas Mónica Lara Chávez y Guadalupe Muciño Muñoz presentaron propuestas reformatorias para enriquecer el Dictamen, con la finalidad de dar mayor certeza en la aplicación de la ley, así como asegurar el derecho a los periodos de lactancia.