En caso de no llegar a algún acuerdo, los padres de familia pueden presentar ante la Profeco una queja, ya sea de manera individual o grupal, para iniciar el procedimiento conciliatorio entre ambas partes.
Redacción
A partir del nuevo enfoque pedagógico derivado de la pandemia del Covid-19, que implica un modelo híbrido en donde esté presente tanto la educación a distancia como la presencial, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) hace un llamado a padres de familia e instituciones educativas, a conciliar pagos de colegiaturas e inscripciones de acuerdo con el esquema que cada escuela impartirá.
Cabe señalar que
la contraprestación económica debe ser proporcional a la calidad y
naturaleza de la enseñanza recibida, a la diversidad de los
servicios y a las instalaciones y recursos académicos que las
escuelas particulares utilizan para el cumplimiento de su objeto.
También es
importante subrayar que la ley no permite a la Profeco establecer
precios en ningún producto o servicio, por lo que se insiste a las
partes interesadas a convenir los pagos.
El acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de marzo de 1992, aplicable a las escuelas privadas de educación básica y media superior, obliga los prestadores de servicios educativos informar por escrito todo lo relacionado con sus servicios, previo a la inscripción, para cada ciclo lectivo.
Lo anterior
incluye los ajustes a los diferentes conceptos de cobro y cambio a
las disposiciones o servicios contenidos en el artículo 2o. del
Acuerdo de 1992, para el ciclo escolar siguiente, cuando menos
sesenta días antes del periodo de reinscripción y a recibir
opiniones por el mismo conducto.
En este sentido,
la Profeco sugiere la conciliación entre padres de familia y las
escuelas particulares, en función del modelo educativo que pretenda
implementar cada escuela para el siguiente ciclo escolar para el
cumplimiento de los planes de estudio.
En caso de no
llegar a algún acuerdo, los padres de familia pueden presentar ante
la Profeco una queja, ya sea de manera individual o grupal, para
iniciar el procedimiento conciliatorio entre ambas partes.
La Secretaría de
Educación Pública (SEP) anunció el pasado 22 de julio que se
aplicará una serie de intervenciones o medidas, para asegurar el
bienestar de la comunidad escolar en su regreso a clases
presenciales, siempre y cuando el semáforo epidemiológico este en
verde, y en función de la evolución de la pandemia en cada entidad
federativa.
El Procurador
Federal del Consumidor, Ricardo Sheffield Padilla, sugiere a los
padres de familia analizar, en el caso de la educación privada, a su
proveedor; es decir, se le invita a compararlos con proveedores de
educación a distancia o educación virtual que trabajan de esta
manera en el país desde hace más de una década.
Señaló que en el caso específico de padres de familia que decidan cambiar a sus hijos de escuela, los colegios están obligados a regresar el pago de reinscripción si se cubrió anticipadamente.
Mencionó que, de
enero a la fecha, la Profeco ha actuado en más de 300 casos en
cuanto a servicios educativos, por lo que señaló que “para la
cantidad de alumnos en el país, no ha habido gran cantidad de
quejas”.