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Advierte Cofepris sobre riesgos de consumo de los productos “Me Vale Madre”

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A estos productos se les atribuyen propiedades erróneas y exageradas como: aliviar dolores de cabeza, combatir el estrés, aliviar trastornos de sueño, reducir ansiedad y depresión, entre otros.

Redacción

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), advierte a la población no adquirir ni consumir los productos “Me Vale Madre” ya que no cuentan con estudios que garanticen su seguridad, eficacia y calidad.

Dentro de las acciones de vigilancia sanitaria y evaluación de riesgos, se detectó que los productos “Me vale madre 60 cápsulas”, “Me vale madre 60 tabletas”, “Me vale madre con Melatonina”, “Me vale madre El dolor”, “Me vale madre reforzado”, “Alexjenny Me vale madre Complejo B”, y “Me vale madre reforzado con flor de magnolia”, en presentación de tabletas, cápsulas y solución, son comercializados como suplementos alimenticios.

Los productos mencionados contienen ingredientes como: flor de tila, azahar, zapote blanco, flor de manita, tumbavaquero, rodia y cartílago de tiburón, los cuales no cuentan con evaluación de seguridad por parte de esta Cofepris; de igual forma contienen valeriana, toronjil, pasiflora, espino blanco, gingko biloba, hierba de san juan y ginseng, que son ingredientes que no pueden emplearse en la formulación de suplementos alimenticios conforme a la 3ª edición de la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos.

A estos productos se les atribuyen propiedades erróneas y exageradas como: aliviar dolores de cabeza, combatir el estrés, aliviar trastornos de sueño, reducir ansiedad y depresión, migraña, nerviosismo, combatir y prevenir reumatismo, artritis, mal de ciática y la descalcificación, incumpliendo con la regulación sanitaria al contar con ingredientes que no han sido evaluados por esta autoridad y por atribuir de manera indebida cualidades terapéuticas y rehabilitadoras, incumpliendo con lo establecido en el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, en sus artículos 171 y 173.

El artículo 215 de la Ley General de Salud en su fracción V define a los suplementos alimenticios como el producto cuyo propósito es adicionar, complementar O incrementar la dieta y que es fuente concentrada de nutrimentos y/u otras sustancias procedentes de fuentes naturales y/o sintéticas con efecto fisiológico o nutricional, y es ingerida por vía oral.

Es importante mencionar que algunos productos que se comercializan como suplementos alimenticios y que se asocian con la relajación y el descanso de forma “natural” puede contener sustancias antipsicóticas y antidepresivas desconociendo las dosis contenidas en dichos productos, causando efectos secundarios nocivos y adversos para la salud o en su caso interactuar con otros medicamentos.

Esta autoridad informa que hasta el momento los productos “Me Vale Madre” no cuentan con estudios que garanticen la seguridad, eficacia y calidad de los ingredientes contenidos, por lo que, el uso e ingesta del producto podría causar un daño a la salud.