El patrón
que no cumpla con esta obligación, se hará acreedor a una multa
Puebla
Noticias Digital
Las empresas tienen la obligación de pagar el aguinaldo a los
trabajadores y su fecha límite es el 20 de diciembre del 2019, de acuerdo con
la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo
(Profedet), dicha obligación está establecida en el artículo 87 de la Ley
Federal del Trabajo.
Carolina Ortiz Porras, titular de la Profedet, dijo que aun
sin haber laborado un año completo en el mismo centro de trabajo, todos los
trabajadores tienen derecho al pago de aguilandos.
Así sean trabajadores de base, confianza, planta,
sindicalizados, contratados por tiempo determinado o eventuales.
De igual forma, explicó que los empleados con un año o más de
antigüedad deberán recibir mínimo 15 días de salario como pago de aguinaldo a
menos que esté acordado otro monto en sus contratos.
Además, los empleados que hayan laborado menos de un año, su
aguinaldo será proporcional al tiempo laborado.
Ortiz Porras resaltó que el patrón que no cumpla con esta
obligación, se hará acreedor a una multa.
Fuente: LineaDirectaPortal.com
ARP