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La inhabilitación del juez español Baltasar Garzón fue arbitraria, afirma el Comité de Derechos Humanos de la ONU
Publicado
hace 3 añosPor
SICOM NoticiasEl Comité también criticó el hecho de que Garzón el no pudo apelar a una segunda instancia, dado que fue juzgado en primera y única instancia por el Tribunal Supremo, que es la máxima autoridad judicial española.
Redacción
Los juicios contra el exjuez español Baltasar Garzón por los casos Franquismo y Gürtel fueron arbitrarios y no cumplieron con los principios de independencia e imparcialidad judicial, según un dictamen emitido este jueves por el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
El órgano de expertos independientes destacó en su resolución que, aunque él hubiera cometido algún error judicial en esas causas, este debería haberse corregido a través de la revisión por un tribunal superior y no mediante el procesamiento penal del exjuez.
El Comité también concluyó que el magistrado no tuvo derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial, y, además, recuerda “que algunos de los jueces del Tribunal Supremo que lo juzgaron intervinieron en ambos casos, a pesar de la solicitud de Garzón de que fueran recusados”.
Añadió que los procesos se tramitaron simultáneamente, que los juicios orales por las dos causas se efectuaron con cinco días de diferencia, y que las sentencias se dictaron en un intervalo de 18 días.
Al mismo tiempo, el Comité también criticó el hecho de que Garzón no pudiera apelar a una segunda instancia, dado que fue juzgado en primera y única instancia por el Tribunal Supremo, que es la máxima autoridad judicial española.
El ex juez de la Audiencia Nacional fue procesado y juzgado en 2012 por supuestamente haber prevaricado en ambos casos.
En la causa denominada Franquismo asumió competencias para investigar las desapariciones forzadas durante la Guerra Civil y la dictadura del general Francisco Franco. En el caso Gürtel decidió interceptar escuchas telefónicas entre acusados y sus representantes para prevenir la comisión de delitos.
Garzón fue absuelto del primer caso, pero fue condenado por prevaricación e inhabilitado de su cargo por 11 años en el segundo.
Es la primera vez que el Comité se pronuncia y condena a un Estado por el uso del derecho penal contra un juez en el marco de sus funciones, sentando así nueva jurisprudencia.
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